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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 269093
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen I, Tercera Parte; Pág. 31
IMPUESTO SOBRE LA RENTA, AMPARO CONTRA EL DECRETO QUE CREA EL CAPITULO II BIS DEL REGLAMENTO DE LA LEY DEL.
[TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen I, Tercera Parte; Pág. 31
No es verdad que el decreto de 20 de enero de 1944, que creó el capítulo II bis del reglamento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, haya entrado en vigor a partir de la fecha en que comenzó a regir la Ley de Ingresos Federales para el año de 1948, pues aunque a virtud de ésta se haya mantenido vigente para tal año aquel decreto, evidentemente que "mantener en vigor un ordenamiento" y "entrar el mismo en vigor" son cosas diversas, pues el primero de tales actos consiste en darle continuidad a la vigencia de la ley relativa, mientras que por el segundo la ley inaugura su vigor. Por otra parte, el artículo 22, fracción I, de la Ley de Amparo, se refiere precisamente a la entrada en vigor de la ley, como punto inicial para el cómputo de los 30 días del término que fija para la promoción del amparo contra leyes autoaplicativas.
Precedentes
Amparo en revisión 3453/48. Compañía del Ferrocarril Sudpacífico de México. 22 de julio de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.