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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 269130
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXVII, Cuarta Parte; Pág. 134
PETICION DE HERENCIA, JUICIO DE. FORMA UNA UNIDAD PROCESAL CON LAS ACTUACIONES DEL JUICIO SUCESORIO EN QUE SE ORIGINE (LEGISLACION DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES).
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXVII, Cuarta Parte; Pág. 134
La fracción III del artículo 793 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Aguascalientes, debe interpretarse en el sentido de que los juicios de petición de herencia y los juicios sucesorios a los que aquellos se acumulen, forman una unidad procesal y por tanto las actuaciones del juicio sucesorio deben tenerse en cuenta en el juicio de petición de herencia y viceversa, sin necesidad de un tramite o acuerdo especial, y sin compulsas o decretos para mejor proveer.
Precedentes
Amparo directo 6579/67. Aurelio Velasco Contreras y coags. 6 de noviembre de 1968. Cinco votos. Ponente: Enrique Martínez Ulloa.
Sexta Epoca, Cuarta Parte:
Volumen CXXXVII, página 129. Amparo directo 6372/67. José Velasco Velasco. 6 de noviembre de 1968. Cinco votos. Ponente: Enrique Martínez Ulloa.