Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/269144
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 269144
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXVI, Cuarta Parte; Pág. 70
DIVORCIO, ACTOS INMORALES COMO CAUSAL DE. PRUEBA.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXVI, Cuarta Parte; Pág. 70
Los actos inmorales generalmente son cometidos por el agente en lugares en donde no hay testigos; en consecuencia, la prueba de ellos no puede ser directa, sino que el juzgador tiene que valerse de medios indirectos, indicios, señales y declaraciones circunstanciales, que en conjunto formen convicción.
Precedentes
Amparo directo 628/67. Juan Gutiérrez Peña. 18 de octubre de 1968. Cinco votos. Ponente: Rafael Rojina Villegas.