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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
269189
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXIV, Cuarta Parte; Pág. 26

APELACION. CASO EN QUE LA PARTE QUE VENCIO DEBE ADHERIRSE AL RECURSO.

[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXIV, Cuarta Parte; Pág. 26

Precedentes

Amparo directo 7169/67. Mirtha Agueda Sánchez Pereira. 19 de agosto de 1968. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez. Sexta Epoca, Cuarta Parte: Volumen CXXXII, página 31. Amparo directo 1619/65. Romualdo de la Mora. 27 de junio de 1968. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rafael Rojina Villegas. Volumen CX, página 12. Amparo directo 417/65. Teófilo Molina sucesión. 22 de agosto de 1966. Cinco votos. Ponente: José Castro Estrada. Volumen LXVII, página 17. Amparo directo 1562/61. Samuel Fuentes Aguirre. 11 de enero de 1963. Cinco votos. Ponente: José Castro Estrada.
Registro digital (IUS): 269189