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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 269203
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXIV, Cuarta Parte; Pág. 48
LATIFUNDIOS, FRACCIONAMIENTO DE (LEGISLACION DEL ESTADO DE ZACATECAS).
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXIV, Cuarta Parte; Pág. 48
La ley reglamentaria de la fracción XVII del artículo 27 de la Constitución del Estado de Zacatecas, impone a los propietarios de latifundios la obligación de fraccionar los excedentes de la superficie máxima de terreno de que puede ser dueño un individuo, sociedad legalmente constituida o sucesión en la cual no se haya hecho la partición; y según la misma ley, cuando el propietario se avenga a fraccionar voluntariamente sus excedencias de terreno, debe manifestar su conformidad ante la sección de fraccionamiento del Estado, presentando el convenio celebrado entre los peticionarios y el, siempre que aquellos estén de acuerdo en celebrarlo, como lo estatuye al efecto el artículo 20 de esa ley.
Precedentes
Amparo directo 581/62. Francisco Torres Falcón y coags. 12 de agosto de 1968. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rafael Rojina Villegas.