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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 269210
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXIV, Cuarta Parte; Pág. 54
PRUEBA TESTIMONIAL RENDIDA EN JUICIO DIVERSO, VALORACION DE LA.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXIV, Cuarta Parte; Pág. 54
Las declaraciones de testigos rendidas en un juicio diverso, deben ser estudiadas cuando son aportadas por medio de un documento público, pues, si bien tales declaraciones, directamente y por si mismas no valen dentro del juicio como prueba testimonial, no puede dejar de reconocerse que estando plenamente acreditada su existencia al través del documento público en que constan, tienen algún valor probatorio como meros indicios, que deben ser tomados en cuenta y valorados por el juzgador, en relación con los demás elementos probatorios, sin que importe si el actor estuvo o no en posibilidad de promover el incidente de tachas respectivo, dentro del diverso juicio civil en que los testigos declararon.
Precedentes
Amparo directo 10163/67. Jesús Arizpe Cantú. 19 de agosto de 1968. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.