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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
269218
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXIII, Cuarta Parte; Pág. 25

ALIMENTOS. OBLIGACION DE PROPORCIONARLOS (LEGISLACION DEL ESTADO DE VERACRUZ).

[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXIII, Cuarta Parte; Pág. 25

Precedentes

Amparo directo 7994/67. Corsino Camporro Molina. 1 de julio de 1968. Cinco votos. Ponente: Rafael Rojina Villegas. Quinta Epoca: Tomo CXXVI, página 68. Amparo directo 1625/54. Donaciano González. 5 de octubre de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gilberto Valenzuela.
Registro digital (IUS): 269218