Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/269232
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 269232
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXIII, Cuarta Parte; Pág. 52
ARRENDAMIENTO, TERMINACION DEL CONTRATO DE, PARA OCUPAR EL DUEÑO LA FINCA. ELECCION DEL ARRENDADOR, EN CASO DE PLURALIDAD.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXIII, Cuarta Parte; Pág. 52
Cuando un propietario de varias casas rentadas tiene necesidad de habitar una de ellas, a su arbitrio queda la elección de la que quiera; pero esto naturalmente descansa en el supuesto de que todas ellas estén bajo el mismo régimen legal, dado que en estas condiciones ninguno de los inquilinos tiene mejores derechos que los demás, que pudieran hacer valer para objetar la elección del propietario. Pero cuando dichas casas tengan distintos regímenes legales, porque unas sean de rentas congeladas y otras de rentas libres, ya no es posible admitir que quede a voluntad del propietario fijar su elección sobre alguna de aquellas con preferencia a cualquiera de estas, sino por motivos especiales y bien acreditados, dado que las de rentas congeladas están especialmente protegidas por una ley tutelar de marcado carácter de orden público, como lo es en el Distrito Federal la que prorrogó los contratos de arrendamiento, de fecha 24 de diciembre de 1948, en tanto que las rentas libres se rigen por el Código Civil, que es de orden privado, y sobre de este debe prevalecer la ley de orden público.
Precedentes
Amparo directo 5853/67. Francisco Fernández García. 24 de julio de 1968. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Azuela.
Sexta Epoca, Cuarta Parte:
Volumen XXIV, página 61. Amparo directo 3138/58. Josefina Baz. 18 de junio de 1959. Mayoría de cuatro votos. Disidente:José Castro Estrada. Ponente: José López Lira.
Nota: En el Volumen XXIV, página 61, esta tesis aparece bajo el rubro "ARRENDAMIENTO. LIBRE ELECCION DEL ARRENDADOR, CUANDO TENGA NECESIDAD DE HABITAR UNA DE LAS CASA ARRENDADAS.".