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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 269239
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXIII, Cuarta Parte; Pág. 59
DOCUMENTOS PRIVADOS, OBJECIONES A LOS.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXIII, Cuarta Parte; Pág. 59
Para que un documento privado no tenga valor probatorio sobre los hechos a que se refiere, es necesario que sea objetado y además se requiere que se exprese cuáles son los motivos de la invalidez
Precedentes
Amparo directo 415/67. Pedro Valenzuela. 8 de julio de 1968. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.
Sexta Epoca, Cuarta Parte:
Volumen LXXXII, página 95. Amparo directo 1043/62. José Torija. 10 de abril de 1964. Cinco votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.