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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
📌 Nota del SJF sobre vigencia
Nota: En el Volumen CXVI, página 44, y Volumen XXXVIII, página 137, esta tesis aparece bajo el rubro "DIVORCIO, ABANDONO DE HOGAR COMO CAUSAL DE.". En el Apéndice 1917-1985, página 315, la tesis aparece bajo el rubro "ABANDONO DE HOGAR COMO CAUSAL DE.".
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 269288
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXII, Cuarta Parte; Pág. 157
DIVORCIO, ABANDONO DEL DOMICILIO CONYUGAL COMO CAUSAL DE.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXII, Cuarta Parte; Pág. 157
Lo que la ley civil señala como causal de divorcio no es el hecho de que los cónyuges vivan en lugares distintos, más aún cuando no es con la intención de apartarse para siempre, sino la situación de verdadero abandonó que consiste en que dejen de ministrarse recíprocamente las ayudas y atenciones que corresponden a los esposos. Sólo puede darse el abandonó o ausencia del hogar conyugal, cuando el cónyuge rompe totalmente con los lazos matrimoniales y se despreocupa por completo de su cónyuge. No hay abandonó por la simple terminación de las relaciones sexuales, que en todo caso, podrían dar lugar a una causal distinta; y mucho menos puede hablarse de abandonó cuando media una situación pacífica que permite a los esposos visitarse frecuentemente y cumplir con los demás deberes, inclusive el de la educación de los hijos.
Precedentes
Amparo directo 116/67. Rafael Pérez Acevo. 29 de febrero de 1968. Cinco votos. Ponente: Rafael Rojina Villegas.
Sexta Epoca, Cuarta Parte:
Volumen CXVI, página 44. Amparo directo 7336/64. Efraín Morales Parra. 13 de febrero de 1967. Cinco votos. Ponente: José Castro Estrada.
Volumen XXXVIII, página 137. Amparo directo 3525/58. Eduardo Hornedo. 17 de agosto de 1960. Mayoría de tres votos. Relator: Manuel Rivera Silva.
Nota:
En el Volumen CXVI, página 44, y Volumen XXXVIII, página 137, esta tesis aparece bajo el rubro "DIVORCIO, ABANDONO DE HOGAR COMO CAUSAL DE.".
En el Apéndice 1917-1985, página 315, la tesis aparece bajo el rubro "ABANDONO DE HOGAR COMO CAUSAL DE.".