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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
269298
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXI, Cuarta Parte; Pág. 26

DIVORCIO, CADUCIDAD DE LA ACCION DE. ADULTERIO.

[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXXI, Cuarta Parte; Pág. 26

Precedentes

Amparo directo 5735/63. J. Santos Lira Rodríguez. 8 de mayo de 1968. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Enrique Martínez Ulloa. Sexta Epoca, Cuarta Parte: Volumen CXXI, página 38. Amparo directo 9448/66. Cointa Aguilera de Leal. 31 de julio de 1967. Cinco votos. Ponente: José Castro Estrada. Volumen LXIX, página 14. Amparo directo 37/62. Leovigilda Navarrete de Pérez. 29 de marzo de 1963. Cinco votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez Nota: En el Volumen CXXI, página 38 esta tesis aparece bajo el rubro "DIVORCIO, ADULTERIO CAUSAL DE. CADUCIDAD DE LA ACCION (LEGISLACION DEL ESTADO DE VERACRUZ).". En el Volumen LXIX, página 14 esta tesis aparece bajo el rubro "DIVORCIO, CADUCIDAD DE LA ACCION DE. ADULTERIO (LEGISLACION DEL ESTADO DE JALISCO).".
Registro digital (IUS): 269298