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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
269336
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXIX, Cuarta Parte; Pág. 27

APELACION EN MATERIA MERCANTIL, AGRAVIOS EN LA.

[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXIX, Cuarta Parte; Pág. 27

Precedentes

Amparo directo 2212/65. Wilio Gordillo y Gordillo. 11 de marzo de 1968. Cinco votos. Ponente: Enrique Martínez Ulloa. Quinta Epoca: Tomo CIII, página 78. Amparo civil directo 1728/47. Centeno Nieto Juan, sucesión de. 5 de enero de 1950. Mayoría de tres votos. Disidentes: Roque Estrada e Hilario Medina. Relator: Hilario Medina. Tomo LXXIX, página 5021. Amparo civil en revisión 4044/42. Lara de Tovilla Berty Fernanda, sucesión. 8 de marzo de 1944. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 269336