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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
269339
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXIX, Cuarta Parte; Pág. 29

APELACION, NO EXISTE REENVIO EN LA.

[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXIX, Cuarta Parte; Pág. 29

Precedentes

Amparo directo 7454/66. Hermila Salas Trejo. 26 de marzo de 1968. Cinco votos. Ponente: Ernesto Solís López. Quinta Epoca: Tomo CXXIX, página 40. Amparo directo 3267/55. Margarito Sosa Salinas. 4 de julio de 1956. Cinco votos. Ponente: Gabriel García Rojas. Nota: En el Tomo CXXIX, página 40, esta tesis aparece bajo el rubro "APELACION, FALTA DE REENVIO EN LA.".
Registro digital (IUS): 269339