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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 269395
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXVIII, Cuarta Parte; Pág. 111
SUSPENSION. CUANTIFICACION DE LAS COSTAS.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXVIII, Cuarta Parte; Pág. 111
La condena en costas es una resolución genérica y no una prestación liquidada, de manera que no puede cuantificarse específicamente para ser comprendida en la caución.
Precedentes
Queja 132/67. Justo Laureano Márquez. 21 de febrero de 1968. Cinco votos. Ponente: Mariano Azuela.
Sexta Epoca, Cuarta Parte:
Volumen XLIII, página 80. Queja 125/60. Guadalupe Rojana Nájera. 26 de enero de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Castro Estrada.
Nota: En el Apéndice 1917-1985, página 843, la tesis aparece bajo el rubro "SUSPENSION. CUANTIFICACION DE LAS COSTAS.".