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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 269434
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXVI, Cuarta Parte; Pág. 23
TERCERIAS EXCLUYENTES DE DOMINIO. PRUEBA DE LOS ELEMENTOS DE LA ACCION.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXVI, Cuarta Parte; Pág. 23
Conforme al artículo 1194 en relación con el 1367, ambos del Código Mercantil, corresponde al tercero opositor demostrar estos dos elementos de su acción: a) Que él es propietario de la cosa; y b) Que ésta fue embargada por el ejecutante en un litigio al que es ajeno aquél.
Precedentes
Amparo directo 250/64. Benito Chávez Ruiz. 14 de abril de 1967. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rafael Rojina Villegas.
Quinta Epoca:
Tomo CXXIX, página 843. Amparo directo 6703/55. Distribuidora Automotriz de Torreón, S. A. 28 de septiembre de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Castro Estrada.