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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 269438
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXV, Cuarta Parte; Pág. 11
ACCION REIVINDICATORIA, PROCEDENCIA DE LA, CUANDO NO EXISTE DECRETO EXPROPIATORIO.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXV, Cuarta Parte; Pág. 11
Si no existe decreto expropiatorio que incorpore determinados terrenos al dominio privado nacional, en los términos de la fracción II del artículo 3o., de la Ley de Bienes Nacionales, mucho menos puede haber decreto del Ejecutivo Federal que incorpore al dominio público dichos inmuebles, y es procedente demandar la reivindicación de éstos, puesto que no se encuentran comprendidos en la hipótesis de que habla el artículo 8o. de la misma ley, según el cual: "Los bienes del dominio público nacional son inalienables e imprescriptibles y no están sujetos, mientras no varíe su situación jurídica, a acción reivindicatoria o de posesión definitiva o interina".
Precedentes
Amparo directo 2409/66. José Farjat. 13 de noviembre de 1967. Cinco votos. Ponente: José Castro Estrada.