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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
269443
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXV, Cuarta Parte; Pág. 16

ARRENDAMIENTO, OBLIGACIONES DEL FIADOR EN EL, EN CASO DE RENUNCIA A DERECHOS LEGALES.

[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXV, Cuarta Parte; Pág. 16

Precedentes

Amparo directo 2039/66. María del Paso viuda de Samará. 8 de noviembre de 1967. Cinco votos. Ponente: José Castro Estrada. Sexta Epoca, Cuarta Parte: Volumen LXXII, página 37. Amparo directo 2854/59. Luz de la Flor viuda de Handam. 10 de junio de 1963. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.
Registro digital (IUS): 269443