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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 269453
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXV, Cuarta Parte; Pág. 25
INTERESES, REDUCCION DE.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXV, Cuarta Parte; Pág. 25
Cuando el demandado en un juicio hipotecario ha sido condenado a pagar un interés mensual superior al permitido por la ley, o la suma de la cantidad pactada en la cláusula penal, aunada al importe de los gastos y costas resulta notoriamente excesiva, el acto constituye un caso notorio de usura, y si el deudor solicita la reducción del interés, ésta procede.
Precedentes
Amparo directo 9525/66. María Luisa Mondragón viuda de Ayala. 9 de noviembre de 1967. Cinco votos. Ponente: Enrique Martínez Ulloa.
Sexta Epoca, Cuarta Parte:
Volumen LVIII, página 159. Amparo directo 1961/59. Juan Maya Vargas. 5 de abril de 1962. Cinco votos. Ponente: José López Lira.