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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
269514
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXIII, Cuarta Parte; Pág. 62

MATRIMONIO, NULIDAD DEL. QUIENES ESTAN LEGITIMADOS PARA RECLAMARLA (LEGISLACION DEL ESTADO DE PUEBLA).

[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXIII, Cuarta Parte; Pág. 62

Precedentes

Amparo directo 5435/65. Alfonso Arenas Báez. 21 de septiembre de 1967. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Castro Estrada. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Cuarta Parte,Volumen CXXII, página 71, tesis de rubro "MATRIMONIO NULIDAD DEL. QUIENES ESTAN LEGITIMADOS PARA RECLAMARLA.".
Registro digital (IUS): 269514