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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
269539
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXII, Cuarta Parte; Pág. 63

DEMANDA, LA NEGATIVA DE LA, NO INVALIDA LA CONFESION FICTA.

[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXII, Cuarta Parte; Pág. 63

Precedentes

Amparo directo 5467/65. José López Muñoz. 4 de agosto de 1967. Cinco votos. Ponente: Mariano Azuela. Sexta Epoca, Cuarta Parte: Volumen XXVI, página 68. Amparo directo 7969/58. Elena Illiades T. viuda de Ize. 4 de agosto de 1959. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.
Registro digital (IUS): 269539