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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
269585
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXI, Cuarta Parte; Pág. 56

ENDOSO. SUS REQUISITOS CUANDO LO HACE UNA PERSONA MORAL.

[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXI, Cuarta Parte; Pág. 56

Precedentes

Amparo directo 4723/66. Secundino Girón Guízar. 31 de julio de 1967. Cinco votos. Ponente: José Castro Estrada. Sexta Epoca, Cuarta Parte: Volumen LXXXV, página 80. Amparo directo 271/63. Helvetia, S. A. 27 de julio de 1964. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Castro Estrada.
Registro digital (IUS): 269585