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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 269588
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXI, Cuarta Parte; Pág. 58
FIRMA, COTEJO DE, CON LAS PUESTAS ANTE AUTORIDAD JUDICIAL.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXI, Cuarta Parte; Pág. 58
El cotejo que se realiza con firmas puestas en actuaciones judiciales ante la presencia del juzgador, por la persona cuya firma o letra se pretende comprobar, es idóneo, porque legalmente se consideran esas firmas indubitadas.
Precedentes
Amparo directo 312/65. Francisco Gaytán Magallanes. 5 de julio de 1967. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.