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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 269628
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CXVIII, Cuarta Parte; Pág. 44
ARRENDAMIENTO, PRORROGA DEL (LEGISLACION DEL ESTADO DE TAMAULIPAS).
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CXVIII, Cuarta Parte; Pág. 44
Si bien es cierto que conforme al artículo 2278 del Código Civil del Estado de Tamaulipas, el arrendamiento de fincas destinadas a habitación no puede exceder de diez años, también lo es que dicha prohibición solo rige para los contratos de tiempo determinado y no para los indefinidos.
Precedentes
Amparo directo 6201/65. Bernardino Quintana Montelongo. 20 de abril de 1967. Cinco votos. Ponente: Rafael Rojina Villegas.