Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/269675
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 269675
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CXVII, Cuarta Parte; Pág. 57
SUSPENSION, FIANZA PARA LA EXPLICACION DE LA JURISPRUDENCIA NUMERO 359 DEL ULTIMO APENDICE.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CXVII, Cuarta Parte; Pág. 57
Si la suspensión detiene o paraliza la ejecución del fallo reclamado, en el cual se reconoció a una de las partes lo fundado de sus pretensiones y se impuso a la otra una condena que entró al patrimonio de aquella; y como quiera que si no se garantizara debidamente la misma el quejoso pudiera ejecutar actos lesivos a los intereses del ganancioso, es por ello que, teniendo en cuenta que según el artículo 2108 del Código Civil los daños estriban en la pérdida o menoscabo sufrido en el patrimonio por falta de cumplimiento de una obligación, y de conformidad con el artículo 2109, se entiende por perjuicio la privación de cualquier ganancia lícita que debiera haberse obtenido con el cumplimiento de la obligación, se estima que esa garantía tendría que responder de las prestaciones a que fue condenado en el juicio del orden común y de los intereses legales sobre esas prestaciones, pues de lo contrario, si se fijará una fianza insuficiente, daría por resultado que esa sentencia condenatoria de no ser violatoria de garantías individuales, posiblemente no tendría ejecución, a virtud de actos ejecutados por el perdidoso que trajeran consigo su insolvencia económica.
Precedentes
Queja 244/66. Sara Fuentes viuda de Aceves. 1 de marzo de 1967. Cinco votos. Ponente: Rafael Rojina Villegas.
Sexta Epoca, Cuarta Parte:
Volumen XXXIX, página 46. Queja 71/60. Francisco Díaz Covarrubias. 7 de septiembre de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gabriel García Rojas.
Nota: En el Volumen XXXIX, página 46, esta tesis aparece bajo el rubro "FIANZA EN EL AMPARO. EXPLICACION DE LA JURISPRUDENCIA NUMERO 498 DEL ULTIMO APENDICE.".