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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
269717
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CXV, Cuarta Parte; Pág. 47

LETRAS DE CAMBIO. MANERA DE SUPLIR LA FIRMA DEL ACEPTANTE CUANDO NO SABE FIRMAR.

[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CXV, Cuarta Parte; Pág. 47

Precedentes

Amparo directo 5271/62. Sotero Contreras Cuevas. 6 de enero de 1967. Cinco votos. Ponente: Mariano Azuela. Sexta Epoca, Cuarta Parte: Volumen LXXIV, página 22. Amparo directo 683/62. Tomasita C. de Montañez. 22 de agosto de 1963. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Azuela. Volumen XLI, página 121. Amparo directo 3142/60. J. Trinidad Chávez Mora. 18 de noviembre de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gabriel García Rojas. Nota: En el Volumen LXXIV, página 22, esta tesis aparece bajo el rubro "LETRA DE CAMBIO. REQUISITOS QUE DEBE LLENAR LA ACEPTACION CUANDO EL GIRADO NO SABE O NO PUEDE FIRMAR.".
Registro digital (IUS): 269717