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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 269787
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CXII, Cuarta Parte; Pág. 111
NULIDAD DE LOS ACTOS JURIDICOS. UNICAMENTE LA LEY PUEDE ESTABLECER LA, Y NO LOS PARTICULARES.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CXII, Cuarta Parte; Pág. 111
Unicamente la ley es la que puede establecer las causas que originen la nulidad de los actos jurídicos, y no los particulares mediante pactos contractuales.
Precedentes
Amparo directo 4806/63. Explotadora de Aguas Hidalgo. 5 de octubre de 1966. Mayoría de tres votos. Ponente: José Castro Estrada.