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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 269791
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CXII, Cuarta Parte; Pág. 128
PRUEBA PERICIAL. SU DESAHOGO COMO PRUEBA PARA MEJOR PROVEER.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CXII, Cuarta Parte; Pág. 128
En el desahogo de pruebas que se ordena para mejor proveer, el tribunal debe respetar el principio de igualdad de las partes en el proceso y, si la prueba cuyo desahogo se dispone es la pericial, ya que esta es siempre colegiada, cada parte deberá nombrar un perito y el tribunal, en su caso, el perito tercero en discordia. Todos ellos, deben cumplir las formalidades de aceptación y protesta del cargo, lo que los vincula a ser leales en su auxilio al juzgador. Por el contrario, la designación por el tribunal de un solo perito sin aceptación ni protesta del cargo, y sin nombramiento por las partes, del perito que a ellas corresponde, trae como consecuencia que el informe que este rinda, no constituya una prueba para mejor proveer que salvaguarde la igualdad de las partes.
Precedentes
Amparo directo 2945/63. María Delgado Ramírez, sucesión. 7 de octubre de 1966. Cinco votos. Ponente: Enrique Martínez Ulloa.