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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 269799
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CXII, Cuarta Parte; Pág. 154
SOCIEDAD CONYUGAL, GASTOS DE LA. RENDICION DE CUENTAS ENTRE LOS CONYUGES.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CXII, Cuarta Parte; Pág. 154
Las cuentas de la administración de la sociedad conyugal, comprenden tanto los negocios celebrados con los terceros, como los habidos entre los cónyuges, pues dada la finalidad esencial de la sociedad conyugal, que es fijar las relaciones patrimoniales de los consortes, es primordialmente en relación a ellos que se celebra, como se advierte del contenido que deben tener las capitulaciones matrimoniales, según el artículo 189 del Código Civil para el Distrito y Territorios Federales, con la sola diferencia de que, las erogaciones en negocios con terceros, ameritan una mejor comprobación que los gastos de los cónyuges.
Precedentes
Amparo directo 1736/64. Pablo Seguí Moya. 6 de octubre de 1966. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Enrique Martínez Ulloa.