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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 269820
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CX, Cuarta Parte; Pág. 18
DAÑOS Y PERJUICIOS. COMPROBACION DE LA PROPIEDAD.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CX, Cuarta Parte; Pág. 18
La acción de reclamación de daños y perjuicios sobre una cosa no exige que se compruebe la propiedad de la cosa dañada de la manera estricta que la ley y la jurisprudencia determinan para ejercitar las acciones de dominio.
Precedentes
Amparo directo 1765/65. Luis Baz Malo. 25 de agosto de 1966. Cinco votos. Ponente: José Castro Estrada.
Sexta Epoca, Cuarta Parte:
Volumen XLVI, página 79. Amparo directo 5729/60. Ignacio Guangorena y coagraviado. 14 de abril de 1961. Cinco votos. Ponente: Gabriel García Rojas.