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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
269822
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CX, Cuarta Parte; Pág. 32

DECLARACION UNILATERAL DE VOLUNTAD, ES UNA FUENTE GENERICA DE OBLIGACIONES.

[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CX, Cuarta Parte; Pág. 32

Precedentes

Amparo directo 8479/63. María Esther Santillana de Ramírez. 15 de agosto de 1966. Cinco votos. Ponente: Enrique Martínez Ulloa.
Registro digital (IUS): 269822