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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 269873
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CVIII, Cuarta Parte; Pág. 32
ACCION REIVINDICATORIA. PRUEBA DE LA POSESION.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CVIII, Cuarta Parte; Pág. 32
Para la procedencia de la acción real reivindicatoria, el reivindicante no necesita probar que en alguna ocasión estuvo en posesión del bien que trata de reivindicar, sino simplemente que no esta en posesión de él y que quien tiene la posesión es el demandado.
Precedentes
Amparo directo 9372/64. Gaspar Rivera Torres. 3 de junio de 1966. Mayoría de tres votos. Disidentes: José Castro Estrada y Ramón Canedo Aldrete. Ponente: Mariano Azuela.