Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/269875
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
269875
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CVIII, Cuarta Parte; Pág. 52

ARRENDAMIENTO. EL ARTICULO 2370 DEL CODIGO CIVIL DEL ESTADO DE JALISCO, NO ES INCONSTITUCIONAL.

[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CVIII, Cuarta Parte; Pág. 52

Precedentes

Amparo directo 6865/61. Beatríz Ramírez Trejo. 8 de junio de 1966. Cinco votos. Ponente: Mariano Azuela. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Volumen XXVIII, Cuarta Parte, página 77, tesis de rubro "ARRENDAMIENTO, EN EL ESTADO DE JALISCO. DECRETO QUE NO ES ANTICONSTITUCIONAL.".
Registro digital (IUS): 269875