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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
269877
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CVIII, Cuarta Parte; Pág. 62

ARRENDAMIENTO. LA NULIDAD DEL CONTRATO BASE DE LA ACCION PUEDE OPONERSE COMO EXCEPCION EN EL JUICIO DE DESAHUCIO. DECRETO DE 24 DE DICIEMBRE DE 1948.

[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CVIII, Cuarta Parte; Pág. 62

Precedentes

Amparo directo 7016/64. Institución de Beneficencia Privada Fundación Conde de Valenciana. 6 de junio de 1966. Cinco votos. Ponente: Mariano Azuela. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Volumen XC, Cuarta Parte, página 23, tesis de rubro "DESAHUCIO, EXCEPCIONES OPONIBLES EN EL JUICIO DE.".
Registro digital (IUS): 269877