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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 269883
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CVIII, Cuarta Parte; Pág. 114
HONORARIOS PROFESIONALES, REQUISITOS PARA EL COBRO DE.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CVIII, Cuarta Parte; Pág. 114
Las condiciones para la procedencia de la acción de cobro de honorarios, son tres; a saber: a) Que el actor haya prestado servicios profesionales al demandado, b) Que el demandante tenga expedido a su favor el correspondiente título para el ejercicio de su profesión y c) Que los honorarios no hayan sido cubiertos.
Precedentes
Amparo directo 501/64. Pedro Talavera Escobedo. 30 de junio de 1966. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Enrique Martínez Ulloa.