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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
269890
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CVIII, Cuarta Parte; Pág. 137

SUSPENSION, LOS TRIBUNALES AD QUEM NO TIENEN FACULTADES PARA REVOCAR LAS DETERMINACIONES QUE DICTEN EN LOS INCIDENTES DE.

[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CVIII, Cuarta Parte; Pág. 137

Precedentes

Queja 277/65. Mateo Peregrina Santana. 22 de junio de 1966. Cinco votos. Ponente: Ramón Canedo Aldrete.
Registro digital (IUS): 269890