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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 269892
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CVII, Cuarta Parte; Pág. 13
CHEQUES, IDENTIFICACION DEL TENEDOR PARA EL PAGO DE LOS.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CVII, Cuarta Parte; Pág. 13
La omisión de la identificación del tenedor del cheque en el momento de su pago, producirá el efecto de considerar que dicho pago fue incorrecto solo en el caso de que efectivamente se haya hecho a persona distinta de quien tiene derecho a recibirlo; pues es evidente que si el pago se hace al legítimo tenedor, carece de trascendencia su falta de identificación en el momento de hacerlo, y, por tanto, el reconocimiento que el banco haga en el sentido de haber incurrido en la irregularidad de no haber identificado a quien presentó el título de crédito para su pago, no lleva forzosamente a declarar probada la acción intentada de pago de cheque.
Precedentes
Amparo directo 7107/64. Adalberto Sandoval Chamberlain y coagraviado. 6 de mayo de 1966. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Enrique Martínez Ulloa. Ponente: José Castro Estrada.