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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
269915
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CIV, Cuarta Parte; Pág. 19

CONCEPTOS DE VIOLACION EN EL AMPARO.

[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CIV, Cuarta Parte; Pág. 19

Precedentes

Amparo directo 6071/64. Demetrio P. Kyriakis. 18 de febrero de 1066. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Mariano Azuela. Ponente: Enrique Martínez Ulloa. Quinta Epoca: Tomo CXVI, página 982. Amparo directo 4542/49. Fragoso Luis Santiago. 11 de marzo de 1953. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo CVIII, página 684. Amparo directo 6695/49. Domene Milán Juan. 16 de abril de 1951. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Carlos I. Meléndez. Tomo CV, páginas 2328 y 2986. Amparo civil directo 2713/49. Fonseca Mora María Ricarda. 11 de septiembre de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Hilario Medina. Tomo CV, página 788. Amparo directo 8788/44. Mexía viuda de Casanova Josefina. 26 de julio de 1950. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo CIV, página 1550. Amparo directo 7300/49. Huerta Morales Micaela. 2 de junio de 1950. Mayoría de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Nota: En el Tomo CXVI, página 982, esta tesis aparece bajo el rubro "CONCEPTOS DE VIOLACION EN EL AMPARO, NO PUEDEN ACEPTARSE COMO TALES LOS AGRAVIOS FORMULADOS EN LA APELACION.". En el Tomo CVIII, página 684, esta tesis aparece bajo el rubro "CONCEPTOS DE VIOLACION.". En el Tomo CV, páginas 2328 y 2986, esta tesis aparece bajo el rubro "CONCEPTOS DE VIOLACION, NO PUEDEN TENERSE COMO TALES LOS AGRAVIOS DE LA APELACION.". En el Tomo CV, página 788 y Tomo CIV, página 1550, esta tesis aparece bajo el rubro "CONCEPTOS DE VIOLACION EN EL AMPARO, NO PUEDEN TENERSE COMO TALES LOS AGRAVIOS DE LA APELACION.". Este criterio ha integrado la jurisprudencia publicada en el Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Volumen 12, Cuarta Parte, página 17, tesis de rubro "CONCEPTOS DE VIOLACION EN EL AMPARO.".
Registro digital (IUS): 269915