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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
269936
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CIII, Cuarta Parte; Pág. 107

POSESION, LO QUE DEBE ENTENDERSE POR TITULO DE.

[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CIII, Cuarta Parte; Pág. 107

Precedentes

Amparo directo. 1486/65. Adolfo Arredondo Calderón y coagraviados. 26 de enero de 1966. Cinco votos. Ponente: Rafael Rojina Villegas. Sexta Epoca, Cuarta Parte: Volumen XXXII, página 210. Amparo directo 7385/56. Felisa Bocanegra de Sánchez. 15 de febrero de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.
Registro digital (IUS): 269936