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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 269944
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CII, Cuarta Parte; Pág. 49
EXCEPCIONES. SU OPOSICION IMPLICA EL RECONOCIMIENTO DE LOS HECHOS INVOCADOS POR EL DEMANDANTE.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen CII, Cuarta Parte; Pág. 49
El que opone una excepción reconoce que existen los hechos invocados por el demandante y, en principio, tales hechos serían de por sí constitutivos de la acción.
Precedentes
Amparo directo 2161/63. José Florencio Robles. 2 de diciembre de 1965. Cinco votos. Ponente: Ramón Canedo Aldrete.