Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/269974
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 269974
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen C, Cuarta Parte; Pág. 85
SERVIDUMBRES LEGALES, PRESCRIPCION NEGATIVA DE LAS (LEGISLACION DEL ESTADO DE ZACATECAS).
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen C, Cuarta Parte; Pág. 85
Como se desprende de los artículos 1052 y 1055 del Código Civil del Estado de Zacatecas, para que pueda operar la prescripción negativa de las servidumbres legales, no es suficiente demostrar por quien pretende beneficiarse de ella, que transcurrieron diez años de no uso, sino también que, durante ese tiempo, quien disfrutaba de la servidumbre adquirió otra de la misma naturaleza por distinto lugar.
Precedentes
Amparo directo 2231/63. Alberto Lara Ramírez. 28 de octubre de 1965. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Mariano Azuela.