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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 269979
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XCIX, Cuarta Parte; Pág. 17
INTERDICTO DE OBRA NUEVA, EFECTOS DEL.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XCIX, Cuarta Parte; Pág. 17
Los efectos de la procedencia del interdicto de obra nueva, son los de evitar daños derivados precisamente de esa obra, los cuales pueden revestir dos formas: a) cuando la obra se levanta en terrenos del demandado; y b) cuando se construye invadiendo el predio del actor. En el primer caso, la ley fija como remedio la suspensión de la obra y, para el segundo, su demolición, restituyendo al actor la posesión invadida con ella.
Precedentes
Amparo directo 5582/57. Ana María Franco Cabrera. 22 de septiembre de 1965. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Enrique Martínez Ulloa.