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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 270011
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XCVII, Cuarta Parte; Pág. 78
DOCUMENTOS PRIVADOS, OBJECIONES A LOS.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XCVII, Cuarta Parte; Pág. 78
Cuando los títulos objetados sean documentos privados, que no gocen de ninguna presunción a su favor sobre su validez, es la parte quien los presenta la obligada a demostrar su autenticidad puesta en duda por su contraparte.
Precedentes
Amparo directo 3134/63. Josefina Leal Rodríguez. 22 de julio de 1965. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Castro Estrada.
Sexta Epoca, Cuarta Parte:
Volumen XV, página 133. Amparo directo 4035/57. Florencio Torres Aguilar y coagraviados. 3 de septiembre de 1958. Mayoría de tres votos. Disidentes: Mariano Ramírez Vázquez y Gabriel García Rojas. Ponente: José Castro Estrada.
Nota: En el Volumen XV, página 133 esta tesis aparece bajo el rubro "DOCUMENTOS PRIVADOS, AUTENTICIDAD DE LOS.".