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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 270018
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XCVII, Cuarta Parte; Pág. 102
TERCERIA EXCLUYENTE DE DOMINIO, PROCEDENCIA DE LA (LEGISLACION DEL ESTADO DE SINALOA).
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XCVII, Cuarta Parte; Pág. 102
La resolución dictada en el incidente de levantamiento de un embargo practicado en ejecución de sentencia, no puede prejuzgar en ningún caso sobre la procedencia de un juicio de tercería excluyente, que por su propia naturaleza implica una mayor amplitud de medios de prueba y de oportunidades para hacer valer con plenitud los derechos y defensas de las partes.
Precedentes
Amparo directo 6435/59. Alejandro M. Rodríguez. 1 de julio de 1965. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Mariano Ramírez Vázquez. Ponente: Enrique Martínez Ulloa.