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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 270037
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XCIV, Cuarta Parte; Pág. 27
ARRENDAMIENTO POR TIEMPO INDEFINIDO. EFECTOS DEL AVISO DE TERMINACION DADO POR EL ARRENDADOR, RESPECTO A SU CAUSAHABIENTE.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XCIV, Cuarta Parte; Pág. 27
Tratándose de un contrato de arrendamiento por tiempo indefinido, si el arrendador dio al arrendatario el aviso de terminación del contrato y posteriormente enajeno el inmueble arrendado, el nuevo adquirente se subrogó en los derechos y obligaciones que le concede dicho contrato de arrendamiento y, por tanto, está en su derecho de darlo por terminado, si hay constancia de que previamente se dio aquél aviso.
Precedentes
Amparo directo 1792/61. Javier Jáuregui. 29 de abril de 1965. Cinco votos. Ponente: Ramón Canedo Aldrete.
Sexta Epoca, Cuarta Parte:
Volumen XXXIII, página 82. Amparo directo 3400/58. Rigoberto Hernández Ramos. 10 de marzo de 1960. Cinco votos. Ponente: Gabriel García Rojas.