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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
270133
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXIV, Cuarta Parte; Pág. 43

CONDUCTA PROCESAL DE LAS PARTES.

[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXIV, Cuarta Parte; Pág. 43

Precedentes

Amparo directo 1998/63. Epifanio Martínez Solís. 15 de junio de 1964. Mayoría de tres votos. Ponente: Rafael Rojina Villegas. Sexta Epoca, Cuarta Parte: Volumen XXXVIII, página 96. Amparo directo 5736/58. Metodio de la Vega Martínez. 18 de agosto de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Gabriel García Rojas. Volumen XXXI, página 31. Amparo directo 1706/59. Intercambio Mercantil de México, S. A. 11 de enero de 1960. Cinco votos. Ponente: Gabriel García Rojas. Nota: En el Volumen XXXI, página 31, esta tesis aparece bajo el rubro "CONDUCTA PROCESAL DE LAS PARTES, INFLUENCIA DE LA, EN LA RESOLUCION.".
Registro digital (IUS): 270133