Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/270228
📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 270228
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXI, Cuarta Parte; Pág. 22
DAÑOS Y PERJUICIOS, MONTO DE LOS.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXI, Cuarta Parte; Pág. 22
Cuando hubiere condena de frutos, intereses, daños o perjuicios, se fijará su importe en cantidad líquida o se establecerán por lo menos, las bases con arreglo a las cuales deba hacerse la liquidación.
Precedentes
Amparo directo 3431/59. Banco Hipotecario, Fiduciario y de Ahorros, S. A. 12 de marzo de 1964. Mayoría de tres votos. Ponente: Mariano Azuela.