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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 270250
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXX, Cuarta Parte; Pág. 48
DIVORCIO, ABANDONO DEL DOMICILIO CONYUGAL COMO CAUSAL DE. CONFESION CALIFICADA.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXX, Cuarta Parte; Pág. 48
La confesión de la esposa demandada en juicio de divorcio, no puede apreciarse sin atender al propio tiempo a la explicación que dé la causa que justificó el abandono del domicilio conyugal, pues se está en presencia de una confesión indivisible, que equivale a la negativa del abandono injustificado del hogar conyugal.
Precedentes
Amparo directo 5436/62. Gustavo Prisciliano Rosas Pavón. 21 de febrero de 1964. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.
Sexta Epoca, Cuarta Parte:
Volumen LXXV, página 71. Amparo directo 7284/61. Luis Morales. 6 de septiembre de 1963. Mayoría de tres votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Volumen LXXV, página 71. Amparo directo 1058/62. Rosa Zúñiga de Hernández. 5 de septiembre de 1963. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Castro Estrada.