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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 270253
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXX, Cuarta Parte; Pág. 51
FIANZA, INSOLVENCIA DEL FIADO EN EL MOMENTO DE CONSTITUIRSE LA.
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXX, Cuarta Parte; Pág. 51
La circunstancia de que el deudor principal se hallara en estado de insolvencia cuando la fiadora extendió la fianza, es un hecho que aun cuando se pruebe, de ninguna manera releva a la fiadora de la obligación que contrajo en la fianza, de cubrir el importe de los daños y perjuicios a que se obligó a pagar, si conocía ese hecho, y no obstante ello se constituyó su fiadora.
Precedentes
Queja 214/63. Central de Fianzas, S. A. 26 de febrero de 1964. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Azuela.