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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 270266
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 6a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXIX, Cuarta Parte; Pág. 21
ARRENDAMIENTO, PAGO DE RENTAS (LEGISLACION DEL ESTADO DE PUEBLA).
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXIX, Cuarta Parte; Pág. 21
La obligación de pagar la renta subsiste, por la continuación en el goce de la cosa, en el tiempo que transcurra, del día en que debe desocuparse, a aquél día en que realmente se haga, y se justifica, tanto por la norma que consagra en su parte final el artículo 2847 del Código Civil del Estado de Puebla, como por ser la consecuencia conforme a la naturaleza del contrato, de la buena fe.
Precedentes
Amparo directo 211/63. Roberto Valerio. 16 de enero de 1964. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.