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📜 Doctrina histórica — 6a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica6a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
270280
Tipo
Tesis Aislada
Época
6a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXIX, Cuarta Parte; Pág. 32

DIVORCIO, INJURIAS GRAVES COMO CAUSAL DE (LEGISLACION DEL ESTADO DE VERACRUZ).

[TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXIX, Cuarta Parte; Pág. 32

Precedentes

Amparo directo 7791/62. Severa Pérez de Ramírez. 24 de enero de 1964. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F.
Registro digital (IUS): 270280